A- de 2022
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Sofia Palacio Arias·Demandado Direccion Seccional De Administracion Judicial
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
- Debe asumir diligentemente las funciones que le corresponden y decidir la impugnación presentada
- Competencia no puede ser alterada en primera ni en segunda instancia pues se afectaría la finalidad de la acción de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de competencia en materia de tutela suscitado entre la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia y la Sección Segunda – Subsección A del Consejo de Estado.
Encontró la Corte que en el presente caso solo se configuró un conflicto aparente, en la medida en que la Sala de Casación Civil adoptó las reglas de reparto referidas en el artículo 2.2.3.1.2.1. del Decreto 1069 de 2015 (modificado por el artículo 1° del Decreto 333 de 2021), para declarar la nulidad de lo actuado por parte del juez de primera instancia, y abstenerse de resolver la impugnación promovida, con lo cual aplicó una regla de reparto que no desplazaba su competencia, afectando la celeridad y eficacia de la administración de justicia, así como la salvaguarda de los derechos fundamentales de la parte accionante y, como consecuencia de ello, transgredió el principio de perpetuatio jurisdictionis en virtud del cual la competencia no puede ser alterada en segunda instancia.
Se ordena la remisión del expediente a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia para que, de forma inmediata, resuelva la impugnación presentada por la parte accionante contra la sentencia proferida por la Sala de Decisión Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar.
Se hace una advertencia a dicha autoridad para que, en lo sucesivo, observe con rigor la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre los conflictos de competencia en materia de tutela y se abstenga de formular conflictos aparentes que demoren las decisiones que debe adoptar como juez constitucional.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 13 de octubre de 2021 proferido por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, mediante el cual declaró la nulidad de todo lo actuado y dispuso la remisión de la actuación al Consejo de Estado.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4118 a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia para que, de forma inmediata, resuelva la impugnación presentada por la parte accionante contra la sentencia del 9 de septiembre de 2021, proferida por la Sala de Decisión Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar.
- TERCERO. ADVERTIR a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia que, en lo sucesivo, debe observar con rigor la jurisprudencia de esta corporación sobre los conflictos de competencia en materia de tutela. Por lo tanto, debe abstenerse de formular conflictos aparentes de competencia que demoren las decisiones que debe adoptar como juez constitucional.
- TERCERO. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y a la Sección Segunda - Subsección A del Consejo de Estado.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.